Acuerdo de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas en materia de teletrabajo

El Ministerio de Política Territorial y Función Pública y la representación sindical han llegado a un acuerdo en materia de teletrabajo, el cual será de aplicación a los empleados y empleadas públicos, incluido el personal laboral, de todas las administraciones públicas.

El acuerdo, formalizado en Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas en fecha de 21 de septiembre de 2020, propone la modificación del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) incorporando un nuevo artículo 47 bis el cual se basará en las siguientes premisas:

  • Se considerará teletrabajo aquella modalidad de prestación de servicios a distancia en la que el contenido competencial del puesto de trabajo pueda desarrollarse, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, fuera de las dependencias de la Administración, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación.
  • Tendrá carácter voluntario y reversible y deberá ser autorizada por la Administración. Será también compatible con la modalidad presencial. (Se establece por tanto un modelo de trabajo dual).
  • Tendrá como objetivo una mejor organización del trabajo a través del establecimiento de objetivos y de la evaluación del cumplimiento de los mismos.
  • La Administración proporcionará y mantendrá los medios tecnológicos.

Cabe destacar el apartado segundo de la propuesta de artículo 47 bis, el cual dispone: “Se realizará en los términos de las normas que se dicten en desarrollo de este Estatuto, que serán objeto de negociación colectiva en el ámbito correspondiente y contemplarán criterios objetivos en el acceso a esta modalidad de prestación de servicio.” Así pues, será cada Administración Pública quien deberá negociar con la representación sindical los derechos y deberes de los teletrabajadores y teletrabajadoras puesto que la normativa estatal establece simplemente las bases regulatorias.

Si tu organización se encuentra en esta situación y estás pensando cómo empezar a regular el teletrabajo aquí te dejamos algunas recomendaciones:

  1. Elabora un reglamento. Este documento debe incluir aspectos como los límites, condiciones y requisitos, sistemas de supervisión, procedimientos para su autorización o denegación, etc.
  2. Analiza los puestos. El teletrabajo no puede aplicarse a todos los puestos de trabajo ni en las mismas condiciones. Deberás analizar puesto por puesto, atendiendo a sus funciones, responsabilidades, horarios, etc.
  3. Prevé alternativas. El reglamento debería incorporar diversas alternativas de aplicación, estableciendo un máximo de días a la semana, rotación o aplicación por turnos, por proyectos específicos, etc.
  4. Modeliza documentos. Como parte del procedimiento deberás elaborar diversos documentos modelo como: solicitud, documento de compromisos, documento de supervisión, etc.
  5. Negocia y acuerda. Ten en cuenta a los trabajadores y trabajadoras. Como parte de las condiciones de trabajo, la regulación del teletrabajo es objeto de negociación.

Accede al texto completo del Acuerdo de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas haciendo clik aquí.