Producto de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 son muchas las organizaciones que se han visto abocadas a poner en marcha el famoso teletrabajo. Con la incorporación del artículo 47 bis del TREBEP se establece que cada Administración deberá regular y negociar la aplicación de la modalidad de teletrabajo, más allá de las disposiciones básicas reguladas en la norma estatal.
Con este objetivo, nuestro equipo de profesionales colabora ya con el Ayuntamiento de Polinyà en la elaboración de un reglamento regulador del teletrabajo.